martes. 30.04.2024

Desde ASAJA recuerdan que la Ley actual estipula que el pago de las uvas no acogidas a figuras de calidad debe realizarse antes de 30 días desde la última entrega del productor a las bodegas. Para el caso de uva amparada por una norma de calidad específica el contrato tendrá que contemplar dos cotizaciones, la de la uva si se califica y si no se califica para calidad.

La bodega pagará al viticultor la parte del precio pactado sino se califica la uva para calidad transcurridos los treinta días desde la entrega del último remolque y en el momento de que la uva sea validada apta para elaboración de vinos de calidad se le comunicará al agricultor y se abonará el resto del pago de la uva con un máximo de treinta días a partir de la validación de la uva.

La nueva Ley de la Cadena Alimentaria también recoge la obligatoriedad de que todas las entregas de uva a las bodegas estén reguladas por contrato, que debe recoger el precio acordado así como los plazos de pago. Los representantes de ASAJA apuntan que para operaciones superiores a 2.500 euros la inexistencia de contrato escrito es sancionable.

ASAJA Ciudad Real intervendrá ante la entrega de uva sin precio en las bodegas