domingo. 28.04.2024

Dicho contrato deberá tener, como mínimo, la siguiente información: identificación de las partes contratantes; objeto del contrato, que contemple las condiciones de calidad mínimas aplicables; precio; condiciones de pago (que se realizará dentro de los 30 días siguientes a la fecha de finalización de la entrega); condiciones de entrega y puesta a disposición de los productos; derechos y obligaciones de las partes contratantes; información que deben suministrase a las partes y duración, junto con las condiciones de renovación y modificación del mismo (causas, formalización y efectos de la extinción).

Estos contratos deberán formalizarse siempre por escrito, antes del inicio de la entrega del producto. Es obligatorio conservar toda la documentación relativa a la relación comercial derivada de los contratos de compraventa durante al menos dos años.

Los representantes de ASAJA señalan que desde la organización estarán vigilantes para que se cumpla esta existencia de contratos de compraventa, recogida en la Ley de la Cadena Alimentaria, que “debe servir para que los productores conozcan de una vez y antes de entregar sus productos cuánto van a cobrar y cuándo”.

En caso de detectar incumplimientos o irregularidades se pueden comunicar de manera anónima a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), valorando muy positivamente la labor que está realizando este organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En cuanto a los precios de la aceituna en la provincia están de media en 65-70 céntimos/kilo llegando hasta los 80 para la ecológica.

ASAJA Ciudad Real recuerda la obligatoriedad de los contratos en la compraventa de...