miércoles. 24.04.2024

La Junta Electoral de zona da la razón al Partido Popular y entiende que la inauguración del parque José Carlos Rasero de Abenójar por parte de Nemesio de Lara y la alcaldesa socialista de dicha localidad contraviene la prohibición establecida en el artículo 50.3 de la LOREG.

Este acto público puede ser constitutivo de delito teniendo en cuenta los límites que establece la LOREG para las campañas institucionales y los actos de inauguración relacionados con los poderes públicos durante el periodo electoral. Es lamentable que Nemesio de Lara y la alcaldesa de Abenójar decidan ignorar deliberadamente la ley para intentar sacar rédito electoral.

La Junta Electoral abre expediente sancionador a Nemesio de Lara y a la alcaldesa...