sábado. 20.04.2024

Con el objetivo de fomentar la creación artístico-musical de los grupos e intérpretes de la provincia de Ciudad Real y de facilitar a los municipios de la provincia la contratación de actuaciones de los mismos, la Diputación de Ciudad Real, a través del Servicio de Cultura, Deportes y Juventud, ha hecho pública una nueva convocatoria de los Convenios Culturales para los Ayuntamientos, destinando un presupuesto de 285.000 euros.

Ángel Caballero, vicepresidente primero y responsable del Servicio de Cultura, detalla que con este programa, ya habitual de la Diputación Provincial, lo que se persigue es continuar con las programaciones culturales de los ayuntamientos y potenciar sus iniciativas socioculturales. "Desde la Corporación Provincial estamos empeñados en seguir con estas líneas de apoyo hacia los Ayuntamientos y hacia las asociaciones, ya que entendemos que la producción cultural es un bien que redunda en el bienestar de la ciudadanía. Además contribuimos a la recuperación y al mantenimiento de las tradiciones en la provincia", indica Caballero, y añade que de esta forma "se logra enriquecer las programaciones culturales de los municipios a la vez que se estimula a los artistas de la tierra".

La Diputación establece, según el número de habitantes de los municipios, diferentes cuantías económicas a los ayuntamientos para subvencionar la contratación de grupos y espectáculos cada vez más variados. Con ello se consigue un doble compromiso con las corporaciones locales, por un lado el económico y por otro el cultural, consiguiendo de esta manera una mayor difusión de la actividad cultural en nuestra provincia. Los ayuntamientos interesados podrán realizar actuaciones con arreglo a los Convenios Culturales desde el 1 de enero de 2012.

Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades locales de la provincia que lo soliciten, según publica el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 13 de agosto actual. En la misma se establece una subvención para la realización de actuaciones por parte de los ayuntamientos y entidades locales que no podrá exceder de 2.661 euros si el municipio es inferior a cinco mil habitantes; 2.940 euros si es inferior a 15.000 habitantes y de 3.300 euros si el municipio es mayor de 15.000 vecinos, así como 1.241 euros para las entidades locales menores de El Hoyo, El Torno y Cinco Casas.

Solicitudes

Podrá ser objeto de subvención los gastos para el pago de los grupos que están incluidos dentro de la guía cultural, según la subvención por número de habitantes referida anteriormente. Sin embargo, no serán subvencionables otros pagos que no se correspondan con lo anteriormente expuesto. Las inversiones y los gastos de material inventariable, los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los tributos y los gastos de procedimientos judiciales.

La presentación de solicitudes finalizará el 17 de septiembre próximo, que como novedad deberá presentarse únicamente por vía telemática, para lo que el ayuntamiento deberá estar dado de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Diputación Provincial "Comparece". Si no lo estuviera, con carácter previo a la solicitud se deberá remitir debidamente cumplimentado el modelo de solicitud de alta que se acompaña como anexo I a esta convocatoria.

La subvención implica por parte de los Ayuntamientos la contratación exclusivamente de grupos e intérpretes incluidos en la agenda cultural cuyas modalidades están reflejadas en cuatro apartados, no pudiendo los Ayuntamientos contratar con cargo a los convenios más de una actuación de cada uno de los bloques.

Dichos grupos quedan constituidos de la siguiente forma: en el grupo primero se encuadran Conferenciantes, Exposiciones, Teatro de Adultos y Magia, Jazz-Pop-Rock y Bailes Regionales. En el segundo grupo quedan integrados los Grupos Rocieros, Grupos Folclóricos, Bandas de Música, B.C.T. y Majorettes y Variedades. En el tercer grupo se integran las modalidades referentes a los Cantautores, Solistas de Canción Española, Solistas de Folk y Recitales Poéticos. Por último, en el cuarto grupo se han incluido el Teatro Infantil y Magia, Música Clásica y Antigua, Tunas y Flamenco.

Caballero indica que, una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, la propuesta de concesión de subvenciones será dictaminada por la Comisión Informativa de Cultura, Deportes y Juventud y que la concesión de las ayudas será resuelta por Decreto de la Presidencia de la Diputación en un plazo que no podrá exceder de los tres meses. Además hay que tener en cuenta que como el importe de las subvenciones concedidas puede superar los tres mil euros, se tendrá que publicar en el Boletín Oficial de la Provincia.

Por otra parte, los ayuntamientos que resulten beneficiarios de estas subvenciones deberán comunicar expresamente al órgano que otorga las mismas, la aceptación o no de la subvención concedida. En caso de no efectuar la citada comunicación, se entenderá que acepta la subvención; por el contrario, si la entidad beneficiaria comunica la no aceptación de la subvención, se dejará sin efecto su adjudicación mediante resolución fundada en tal circunstancia.

Justificación

Asimismo, se establece que el pago de la subvención se realizará previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

Serán obligaciones de los ayuntamientos beneficiarios llevar a cabo la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditar ante la Diputación Provincial la realización de la misma. También, desarrollar la actividad en la temporalización y fechas previstas, enviar cuanta documentación se requiera y someterse a las actuaciones de supervisión del Servicio de Cultura de la Diputación Provincial, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores, así como tener a disposición de la Diputación durante un período de cuatro años las facturas y documentos justificativos de los pagos realizados, sometiéndose a las actuaciones de comprobación que la Diputación señale.

Para la justificación, los ayuntamientos deberán presentarla igualmente por vía telemática, adjunto una declaración formal en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron; también, una declaración formal de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, debidamente desglosados y acreditados mediante la presentación de copia compulsada de las facturas y justificantes de gastos efectuados; certificación expedida por el funcionario competente de la entidad relativa a la inexistencia de otras subvenciones que se hayan obtenido para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto y que el ingreso de la subvención ha sido debidamente reflejado en la contabilidad municipal. Y por último, se deberán adjuntar carteles, folletos y otros soportes publicitarios en los que haya constancia del patrocinio de la Diputación Provincial de Ciudad Real.

La Diputación contribuye a enriquecer la actividad cultural de los pueblos y a...