jueves. 28.03.2024
REGIÓN

Hacienda anuncia importantes reducciones en los módulos del IRPF para los agricultores y ganaderos de Castilla-La Mancha

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy una Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se reducen, para el periodo impositivo de 2015, los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva (módulos) del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

La Orden recoge destacadas minoraciones de la tributación de importantes producciones agrarias, tanto a escala nacional como en determinados ámbitos territoriales

Así, en Castilla-La Mancha el efecto de las reducciones establecidas a escala nacional es muy importante por tratarse, en algunos casos, de producciones notables dentro de su ámbito territorial como apicultura (de 0,26 a 0,18), bovino de leche (de 0,32 a 0,16), bovino de carne extensivo de (0,13 a 0,09), bovino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18), cunicultura (de 0,13 a 0,07), frutos cítricos (de 0,26 a 0,22), ovino y caprino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09), ovino y caprino de leche extensivo (de 0,26 a 0,18), porcino de carne extensivo de (0,13 a 0,09), porcino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18), productos del olivo (de 0,26 a 0,22) y de tomate (de 0,26 a 0,22).

Además, hay otras importantes minoraciones que afectan a todo el ámbito territorial autonómico como los de los cereales (de 0,26 a 0,18), leguminosas (de 0,26 a 0,18) y la de las oleaginosas (de 0,32 a 0,22).

En el ámbito de la ganadería, el índice corrector por piensos adquiridos a terceros, aplicable cuando se adquieren fuera de la explotación piensos y otros productos que supongan más del 50% del importe de los consumidos, se reduce excepcionalmente a 0,75 en los casos de explotación intensiva de ganado porcino de carne y avicultura y a 0,65 para el resto de las actividades ganaderas.

El conjunto de todas estas reducciones puede suponer, para toda Castilla-La Mancha, una reducción de la base imponible de los declarantes en el régimen de estimación objetiva agraria, respecto a un año normal, de unos 37 millones de euros.

Reducciones por el uso de electricidad para el riego

Asimismo, la Orden HAP/2222/2014 introdujo con carácter permanente un coeficiente corrector que pueden seguir aplicando los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supone una reducción de un 20% del mismo.

Esta medida fue acordada por el Gobierno, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas del verano de 2013. Con estas medidas se da cumplimiento al compromiso del Gobierno al equiparar al colectivo regante con el resto de los sectores económicos, en lo que se refiere a impacto de la subida de los costes eléctricos.

Al mismo tiempo, destacar que esta orden establece en su disposición adicional primera una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2015. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto es, por tanto, mayor que cualquier reducción de módulos específicos.

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