jueves. 25.04.2024
SOCIEDAD

La FSC-CCOO de Ciudad Real insta el cumplimiento de la sentencia del TSJ CLM sobre la RPT del Ayuntamiento "en sus propios términos y sin demora"

La FSC-CCOO de Ciudad Real ha instado el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha por la que se anula la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en 2011 por el Ayuntamiento de Valdepeñas "en sus propios términos y sin demora", al tiempo que señala que la sentencia "ordena el cese de los 'asesores' nombrados a raíz de aquella modificación".

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Según el sindicato, "el TSJ CLM resuelve así el recurso interpuesto por CCOO contra la citada modificación de la RPT municipal, mediante la que el equipo de gobierno local de Valdepeñas amortizó siete puestos de trabajo cubiertos por personal eventual; y los volvió a crear reservándolos para ‘asesores’".

Los puestos afectados por esta modificación, según recuerda CCOO, fueron los de Gerente de Urbanismo, Jefe de Gabinete de Prensa, Secretario de la Alcaldía, Responsable de Suministros, Inspector de Obras, Auxiliar Administrativo y Consejera del Ciudadano. "Sólo cuatro de ellos están actualmente ocupados por ‘asesores’, que deberán ser cesados en cumplimiento de la sentencia del TSJ CLM, contra la que no procede recurso ordinario", señala el sindicato.

CCOO destaca que "el Tribunal indica que la supresión y recreación de aquellas siete plazas se realizó sin la preceptiva negociación previa con los representantes sindicales; sin motivación objetiva y razonada; y sin detallar contenido alguno de las funciones concretas de cada puesto. Con ello, se vulneró tanto el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Empleo Público de CLM como el Acuerdo Marco y el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Valdepeñas; al reservarse para personas de libre designación plazas permanentes de la estructura administrativa municipal, que debieron crearse para ser cubiertas por empleados públicos, mediante el pertinente proceso de selección y bajo las condiciones de igualdad, mérito y capacidad".

En consecuencia, según CCOO, "el TSJ CLM anula la modificación de RPT de 2011 y los nombramientos derivados de aquel acto, y ordena expresamente el cese de las personas que ocupan las plazas de asesores creadas entonces".

Además, el sindicato señala que "la sentencia es firme y no admite “recurso ordinario alguno”, pero el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Valdepeñas ha anunciado su intención de acudir en amparo ante el Constitucional; en un intento de posponer todo lo posible el cese de los cuatro asesores afectados".

Respeto a esto, CCOO indica que "el Ayuntamiento alega que a estas personas no se les dio en su día  la posibilidad de personarse en el procedimiento judicial; una alegación sorprendente porque la obligación de notificar a los interesados su derecho a personarse le correspondía al mismo Ayuntamiento. El hecho es en cualquier caso irrelevante: la propia sentencia del TSJ salva ese supuesto defecto procesal cuando declara que las personas que pudieran haber estado interesadas en el recurso (los cuatro asesores), ya tuvieron conocimiento de él al ser llamados como testigos por la representación letrada del Ayuntamiento de Valdepeñas".

Asimismo, CCOO “valora muy positivamente esta sentencia, cuyo sentido y cuyos fundamentos jurídicos coinciden con las dos Sentencias que también declaran nulos de pleno derecho los puestos de trabajo de 14 Asesores de la Presidencia de la Diputación Provincial de Ciudad Real”, resalta el responsable provincial de la FSC-CCOO, Alfonso Tercero.

“La creación en las administraciones públicas de puestos de ‘asesores’ con cometidos que no son excluidamente de confianza política, sino que asumen funciones normales de la Administración Pública, de carácter permanente y propias de verdaderos empleados públicos, han sido declaradas de nuevo nulas de pleno derecho”, señala Tercero, que recuerda que “tales nombramientos de Asesores pueden ser impugnados en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en cualquier momento” según dice la ley; es decir, que tales denuncias sobre estos puestos de trabajo no están sometidas a plazo alguno de reclamación”.

La FSC-CCOO de Ciudad Real insta el cumplimiento de la sentencia del TSJ CLM sobre la...