viernes. 19.04.2024

En asamblea del Círculo Podemos de Toledo, celebrada el pasado viernes día 8 de septiembre de 2017, se acordó, entre otros puntos del orden del día, la petición pública de dimisión de todos los miembros del Consejo de Coordinación del partido en Castilla La Mancha.

Los motivos de este acuerdo y de tan grave decisión, expuestos en la asamblea y considerados favorablemente por una amplísima mayoría de los asistentes y sin ningún voto en contra, están relacionados con la sanción impuesta por dicho Consejo de Coordinación autonómico a nuestro compañero, Fernando Barredo de Valenzuela, miembro del Consejo Ciudadano Regional, consistente en la suspensión, como medida cautelar, de todos sus derechos como inscrito y la consiguiente inhabilitación como consejero regional, tras su elección en la última Asamblea Ciudadana de Castilla La Mancha. Se ha considerado que la actuación del Consejo de Coordinación (máximo órgano ejecutivo colegiado regional) en este asunto, ha sido no ajustada a la normativa interna del partido, injustificada y con graves consecuencias para el compañero afectado, para el resto de inscritos y para la misma organización, que además ha evidenciado un absoluto desprecio y desconsideración del órgano ejecutivo regional hacia este Circulo de Toledo.

Los aspectos más graves de esta actuación irregular del Consejo de Coordinación regional, que han motivado este acuerdo del Círculo, se relacionan a continuación de una forma resumida y ordenados temporalmente.

1.-  Se sanciona a un compañero por el simple hecho de la aparición (13 de julio), en un medio de comunicación nacional, de la declaración de otro inscrito, que tiene importantes desavenencias de carácter personal con el sancionado. Se da la circunstancia de que el sancionado es consejero regional, y que ha sido muy crítico con algunas acciones políticas y organizativas de la dirección regional actual.

2.- Tal sanción, definida como medida cautelar, ha supuesto una inhabilitación para el ejercicio de derechos personales y políticos, algunos fundamentales como el de defensa, al no haberle concedido ni un minuto de audiencia, actuándose en contra de la presunción de inocencia y sin la instrucción de un expediente sancionatorio (no hay nombrado instructor, ni existen diligencias judiciales ni policiales), privando, además, de representación en el Consejo Ciudadano Regional a todos aquellos inscritos que habían votado su candidatura.

3.- Se aplica al compañero sancionado un régimen disciplinario contenido en los nuevos Estatutos, resultado de la transposición del documento organizativo “mandar obedeciendo”, vencedor en la Asamblea de Vistalegre II, que han sido publicados por la Secretaría de Organización Estatal con fecha 27 de julio pasado, es decir, con carácter retroactivo, lo cual es una barbaridad jurídica. Además, recientemente, la Comisión de Garantías Democráticas Estatal del partido ha declarado la nulidad de determinado contenido de estos Estatutos, y en particular de todo lo referido al nuevo régimen disciplinario (Dictamen nº3 de fecha 28 de julio).

4.- Con fecha 31 de julio el Círculo Podemos Toledo celebró una asamblea extraordinaria, en la que se acordó solicitar la anulación de dicha medida cautelar, por su gravedad y por su falta de requisitos jurídicos. Este acuerdo fue comunicado al Consejo de Coordinación mediante escrito de fecha 2 de agosto pasado, no existiendo a esta fecha ni respuesta, ni comentario alguno, lo que se interpreta como desprecio a los inscritos de esta ciudad de Toledo, como forma de gestión antidemocrática del partido y como ninguneo a los acuerdos de su círculo municipal.

El Círculo Podemos de Toledo pide la dimisión del Consejo de Coordinación de Podemos...