miércoles. 08.05.2024

Así lo ha señalado el consejero de Presidencia y Administraciones Públicas (AAPP) y portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha, que ha explicado que dicha orden tiene por objeto establecer con carácter indefinido las bases reguladoras para la concesión de subvenciones.
Leandro Esteban ha indicado que la concesión se realiza en régimen de concurrencia competitiva para entidades que tengan como finalidad la realización de actividades voluntarias en los ámbitos de la sensibilización, promoción, apoyo y coordinación, así como el impulso y fomento del voluntariado entre los ciudadanos de Castilla-La Mancha, llevadas a cabo por entidades privadas sin ánimo de lucro, para la realización de las acciones previstas y reguladas en esta orden. Podrán concurrir a esta convocatoria entidades privadas.
Las ayudas destinadas a la financiación de proyectos y actividades de promoción y fomento del voluntariado son de 141.730 euros.
Ayudas para acciones humanitarias y de emergencia
Por otra parte, el portavoz del Gobierno ha informado acerca de la convocatoria de subvenciones destinadas a proyectos de acciones humanitarias y de ayudas de emergencia, llevados a cabo por entidades privadas sin ánimo de lucro.
Esta regulación tiene carácter indefinido, pudiendo presentarse solicitudes al amparo de este decreto desde el 1 de enero hasta el 15 de diciembre de cada anualidad. La cuantía prevista para estas ayudas será de 254.000 euros.
A este respecto, el consejero de Presidencia y AAPP ha señalado que, “a pesar de la situación heredada y de la deuda, que es un verdadero lastre”, la convocatoria de ayudas humanitarias es “más decente, mejor y tiene mucho más sentido”.
En este sentido, Esteban ha destacado ayudar en situaciones de emergencia, así como fomentar el voluntariado es un esfuerzo “justo, imprescindible y necesario”.
Asimismo, según ha informado Esteban, se prevén acciones de ayudas a las víctimas de desastres desencadenados por catástrofes naturales, conflictos armados y pandemias, orientadas a aliviar su sufrimiento, garantizar su subsistencia, proteger sus derechos fundamentales y defender su dignidad, así como frenar el proceso de desestructuración socioeconómica de la comunidad y prepararlos ante desastres naturales.
En el caso de las ayudas de emergencia, se prestan con carácter inmediato para afectados por un desastre, epidemias o pandemias, con el fin de aliviar sus condiciones de vida. Para ello se les provee de bienes y servicios básicos tales como abrigo, agua potable, alimentos y atención sanitaria, educativa, psicológica, y de medicamentos, con carácter de urgencia.
Por sus circunstancias, las ayudas de emergencia se otorgarán en régimen de concesión directa, en aras del cumplimiento con los criterios de interés humanitario y social.

El Consejo de Gobierno aprueba las bases para la financiación de proyectos de voluntariado