sábado. 27.04.2024

Martín, que estaba imputado por una querella presentada por un posible delito de prevaricación administrativo y otro de desobediencia supuestamente cometido en relación con unas oposiciones para una plaza de arqueólogo municipal.

El magistrado del Supremo, Manuel Marchena, ha difundido un auto en el que se considera que no hubo ni prevaricación ni desobediencia, por lo que la causa queda archivada.

Este juez considera que no hubo acto "arbitrario" en la conducta del alcalde en el proceso de convocatoria de oposiciones para una plaza de arqueólogo municipal en el ayuntamiento, ni tampoco favoritismo respecto a quién venía desempeñando ese trabajo como funcionario interno.

El instructor del caso considera que en las bases de la convocatoria había insuficiente motivación formal pero eso no supone que el alcalde cometiera prevaricación.

En lo que se refiere a la supuesta desobedicencia tampoco hubo requerimiento previo, directo e individualizado que justificara acusar formalmente del citado delito al alcalde, en el modo en que se tramitó la citada convocatoria de la plaza de Arqueólogo.

Luis Benítez de Lugo presentará recurso

En declaraciones a advaldepeñas,  Luis Benítez de Lugo, arqueólogo que hizo la denuncia considera que con esta sentencia el Tribunal Supremo saca de la escena de la investigación al alcalde y al secretario del Ayuntamiento estableciendo su falta de responsabilidad y centrando, por tanto, el foco de atención en la actuación del tribunal que calificó aquella oposición, y en su entorno más directo y añade que “en este momento permanece abierta la instrucción dirigida a investigar quiénes fueron los responsables de las ilegalidades y trampas producidas para contratar al arqueólogo municipal de Valdepeñas”.

Según Benítez de Lugo este Auto no es firme pues cabe recurso contra el y “en este momento evaluamos la posibilidad de presentar tal recurso, pues buena parte de la argumentación de ese auto está construida sobre un error, como es que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, había establecido que la selección del arqueólogo municipal debió hacerse por oposición, tal y como aprobó el Pleno del Consistorio en 2005 que así se hiciera. Sin embargo, la convocatoria municipal se hizo por concurso-oposición, tal y como figura en las bases”.

El Auto del Tribunal Supremo señala que el alcalde y el secretario no fueron responsables de la convocatoria por concurso-oposición, porque así fue aprobado por unanimidad en el Pleno Municipal, pero para el arqueólogo “ese dato no es cierto, puesto que lo que aprobó el Pleno fue lo contrario, que la plaza saliera por oposición, puesto que se trata de un procedimiento selectivo más justo y que se sabe ayuda a evitar los trajes a medida”.

Luis Benítez considera que “este error del Auto no es accesorio, menor, ni una cuestión de opinión, sino un dato objetivo, básico y crucial para delimitar las responsabilidades en el hecho de que el Ayuntamiento no hiciera caso a lo que se le había exigido desde el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

El Tribunal Supremo archiva la causa contra el alcalde de Valdepeñas, Jesús Martín